Haiti
Caribbean · HT · 0 socios del tratado en vigor
Perfil fiscal
| Impuesto sobre la renta de las sociedades | 30% |
| Renta personal (tipo máximo) | 30% |
| Ganancias de capital | — |
| IVA / GST (estándar) | 10% |
| Sistema tributario | worldwide |
| Umbral de residencia | — |
| Impuesto de salida / salida | No |
Residencia fiscal
- los individuos que tienen su domicilio en Haití se consideran residentes a efectos del impuesto sobre la renta
- las personas que tengan su residencia habitual en Haití se considerarán residentes a efectos del impuesto sobre la renta
- los individuos que permanezcan en Haití por más de 183 días durante un año fiscal (del 1 de octubre al 30 de septiembre) se consideran residentes a efectos del impuesto sobre la renta
La residencia fiscal se basa en el domicilio, la residencia habitual o la presencia durante más de 183 días, por lo que simplemente irse y no cumplir con el recuento de días puede no ser suficiente si una persona conserva su domicilio o residencia habitual en Haití. Poner fin a la residencia generalmente requiere establecer el domicilio y la residencia habitual en otro lugar y cortar los lazos personales y económicos con Haití.