Montserrat
Caribbean · MS · 1 socios del tratado en vigor
Perfil fiscal
| Impuesto sobre la renta de las sociedades | 30% |
| Renta personal (tipo máximo) | 40% |
| Ganancias de capital | — |
| IVA / GST (estándar) | — |
| Sistema tributario | worldwide |
| Umbral de residencia | 183 días |
| Impuesto de salida / salida | No |
Residencia fiscal
- residencia permanente se encuentra en Montserrat y está físicamente presente allí durante algún período en el año básico (con excepciones limitadas para la ausencia de todo el año por motivos de educación, tratamiento médico, funciones gubernamentales u otra razón aceptada por el Interventor)
- físicamente presente en Montserrat durante no menos de 183 días durante el año básico
- físicamente presente en Montserrat durante algún período durante el año básico y que dicho período sea continuo con un período de presencia física en el año inmediatamente anterior o posterior que por sí solo cumpla la prueba de los 183 días
La residencia fiscal se basa en la presencia física y en tener una vivienda permanente en Montserrat; si usted se va, se deshace de ella o deja de tener una vivienda permanente allí, y no cumple con la prueba de los 183 días o la prueba de continuidad, deja de ser residente sin reglas de cola multianual ni vínculo de ciudadanía. La Ley también aclara que si no se cumplen ninguno de los criterios de residencia estatutarios, un individuo es simplemente tratado como no residente a efectos fiscales.
Inland Revenue Department, Government of Montserrat (via OECD AEOI portal)